Mecanismo de colaboración

Por mecanismo de colaboración y retroalimentación entendemos un espacio de participación ciudadana generado entre las organizaciones civiles y el CPC dentro del marco del proyecto a favor del diálogo, la deliberación y el consenso sobre posibles acciones a favor del combate a la corrupción. El mecanismo busca dar voz y presencia a aquellos sectores vulnerables de la sociedad, en especial mujeres, jóvenes, niños e indígenas.

Se trata de un espacio donde diversas organizaciones civiles, redes temáticas, colectivos, actores especialistas y ciudadanía interesada, se encuentren y deliberen junto con los integrantes del CPC con el objeto de fortalecer el quehacer de los CPC y la co-construcción de mecanismos y prácticas que favorezcan el combate a la corrupción.

Sus objetivos son:

  • Generar de manera colectiva iniciativas que constituyan una agenda ciudadana anticorrupción. Estos planteamientos serán ampliamente difundidos en redes sociales y canales de comunicación a fin de ser conocidos entre los más diversos sectores de la sociedad.
  • Generar foros y espacios ciudadanos anticorrupción para dar a conocer la agenda y los planteamientos ciudadanos y establecer canales de comunicación abiertos entre los diversos actores involucrados en la lucha contra la corrupción que faciliten la colaboración y la realización de acciones conjuntas.
  • Articular los mecanismos de participación ciudadana institucionalizados así como las iniciativas de la sociedad civil de vigilancia sobre el quehacer gubernamental en el ámbito local.
  • Alimentar una plataforma operada por Arkemetría/Locallis donde se coloquen las acciones, inquietudes y propuestas de la sociedad civil que se sume a este proyecto.  
  • Conocer y utilizar herramientas y metodologías que sirvan a los CPC y a los actores de la sociedad civil para acotar los márgenes de prácticas de corrupción.

*Por sociedad civil entendemos actores no gubernamentales que pueden ser  integrantes de OSC de salud, género, ambientalistas; con expertis, o no, en materia anticorrupción; integrantes ciudadanos de consejos y comités de participación ciudadana a escala estatal y municipal (p.e. seguridad pública; transparencia, desarrollo urbano; ecología); contralores ciudadanos; observatorios ciudadanos; universidades, centros académicos, líderes de opinión; periodistas).

Principios de participación ciudadana

Para el diseño del mecanismo, se retomarán los principios de participación ciudadana:

  • Representatividad: se deberá procurar la participación de todos los grupos y sectores sociales afectados / interesados en la política local anticorrupción, mediante procedimientos de selección de representantes imparciales y transparentes, reglas de rotación, canales de interacción con sus representados, y mecanismos de rendición de cuentas.
  • Inclusión: se deberá procurar la participación de personas pertenecientes a grupos en condición de vulnerabilidad, incorporando medidas razonables como cuotas de espacios, subsidios a viáticos, traductores, intérpretes, que reduzcan las barreras o brechas para su involucramiento en el proceso.
  • Horizontalidad: la organización interna del mecanismo deberá garantizar la igualdad de oportunidades y derechos de participación a todas las personas; en caso de considerar figuras de coordinación, se deberán elegir por los propios participantes, y deberán ser rotativas.
  • Corresponsabilidad: se deberán definir con claridad las reglas de participación que las personas tienen que cumplir para garantizar condiciones de respeto, libertad de expresión, que abonen a la deliberación de los asuntos abordados así como al logro de los objetivos del mecanismo.
  • Autonomía: el mecanismo estará integrado mayoritariamente por actores de la sociedad civil; para participar en el mecanismo se llevarán a cabo convocatorias públicas; los participantes elaborarán su propio reglamento, agenda y plan de trabajo; los participantes decidirán los criterios y el procedimiento de remoción de integrantes, en caso de incumplimiento de las reglas de participación.  
  • Transparencia: se implementarán medidas que garanticen la generación y difusión de información relevantes sobre la integración y funcionamiento del mecanismo.
  • Rendición de cuentas: se establecerán canales para la información y retroalimentación sobre el desempeño del mecanismo por parte de actores de la sociedad civil externos y público en general.

El mecanismo deberá apostar a ser un espacio permanente, entre sociedad civil y CPC para consensuar propuestas y acciones a favor del combate a la corrupción. Un propósito será institucionalizar estos espacios más allá del proyecto. Dicho mecanismo contará con reglas básicas para lograr la toma de decisiones colectiva. El mecanismo apuesta a la colaboración conjunta entre la sociedad civil y el CPC.

Reglas básicas para operar el mecanismo

  • Regirse bajo los principios de diálogo y respeto entre el CPC y las organizaciones sociales participantes: favorecer el intercambio de experiencias y la asistencia recíproca entre instancias, asegurar el cumplimiento de los fines y establecer coordinación y comunicación entre los dos con el fin de generar la capacidad operativa para reunir y transmitir la información e insumos.
  • Arkemetría Social-Locallis serán los promotores y articuladores del mecanismo en cada entidad, de tal forma que este pueda avanzar en sus objetivos. En su momento AKM y Locallis, por acuerdo colectivo entre los participantes del mecanismo, podrán exponer las inquietudes y  propuestas de las OSC y actores participantes. Pero este sentido de vocería podrá ser rotativo para que los actores aliados se integren de forma más dinámica al proyecto.
  • El mecanismo no es un espacio de la administración pública, ni será dependiente del CPC. Ni tampoco pertenece a AKM/Locallis, ni a ninguno de sus integrantes. Tendrá un sentido colectivo como elemento innovador.
  • No tendrá una estructura jerarquizada, es decir, no tendrá presidente, secretario, etcétera, esto con el fin de no “asignar” cargos que muchas veces obstaculizada la esencia del trabajo.  La idea central es estar trabajando y colaborando entre pares.
  • Funcionará bajo los principios de gobierno abierto aplicados al ámbito público donde interviene sociedad civil: transparencia, participación ciudadana y rendición de cuentas social.

Marco legal

Para el proyecto es importante retomar el marco legal. Por ejemplo, tomando como base lo establecido en la  Ley del Sistema Anticorrupción del estado de México, en su artículo 15, donde se señala que el Comité de Participación Ciudadana (CPC), tiene como objetivo ser la instancia de vinculación con las organizaciones sociales y académicas relacionadas con las materias del Sistema Estatal Anticorrupción.

Asimismo en su Artículo 21 (fracción XI) señala que el Comité de Participación Ciudadana tendrá entre sus atribuciones el proponer mecanismos de articulación entre organizaciones de la sociedad civil, la academia y grupos ciudadanos.

Y finalmente en ese mismo artículo 21 (fracción XVIII) se señala que el CPC puede proponer al Comité Coordinador, mecanismos para facilitar el funcionamiento de las instancias de contraloría social existentes, así como para recibir directamente información generada por esas instancias y formas de participación ciudadana.

Sobre esa base se puede proponer la creación de un mecanismo de colaboración entre actores de la sociedad civil y el CPC.

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